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Una
herramienta clave para el cumplimiento de Kioto será
el comercio de emisiones, que entrará en funcionamiento
el 1 de enero de 2005 en el ámbito europeo, y a escala
internacional en el 2008. el Gobierno ha asignado
las cuotas máximas de emisión a varios sectores
(generación de electricidad, refinerías, coquerías,
parte de la cogeneración, cemento, cerámica
y vidrio; siderurgia; papel-cartón y pulpa de papel)
en el Plan Nacional de Asignación (PNA)
Es imprescindible
que este reparto se haga de manera compatible con el cumplimiento
de Kioto y que se asegure el necesario cambio de tendencia
en estos sectores para reducir sus emisiones, pero en ningún
caso es aceptable el pago con dinero público de las
emisiones en caso de que estos sectores no cumplan con los
objetivos que se les asigne, ya que escaparían de sus
obligaciones de reducción. El comercio de emisiones
puede ser muy eficaz para reducir las emisiones, porque permite
que las empresas internalicen en los costes de sus productos
el daño que producen emitiendo CO2
La
Directiva que establece el comercio de emisiones contempla
una fase piloto para el período 2005-07 y otra para
el período 2008-12, y cubre los sectores antes mencionados,
que son responsables de un porcentaje estimado entre el 45%
y el 50% de las emisiones de CO2 correspondientes al año
2001 en España. Esta misma establece los criterios
que han de aplicarse para asignar los derechos de emisión
a estos sectores.
EL
COMERCIO DE EMISIONES DEBE BASARSE EN QUIEN CONTAMINA, PAGA
El
Plan de Asignación deberá indicar además
qué va hacer España en todos los demás
sectores, como el transporte, no incluidos en el comercio
de emisiones, para cumplir con el límite de Kioto.
Por eso, si a las industrias se les asignan más derechos
de los que proporcionalmente les corresponderían, esos
derechos se les estarían quitando al resto del país,
lo que haría más costoso y difícil el
cumplimiento. No se puede permitir que sean los ciudadanos
los que paguen por lo que la industria no ha querido hacer.
Quien eligió beneficios a corto plazo en vez de reducir
emisiones, no puede ahora pedir la caridad del consumidor
o del Estado.
Para Greenpeace,
el Plan de Asignación tiene que cumplir las siguientes
condiciones, para que sea coherente con el objetivo establecido
para España en aplicación del Protocolo de Kioto
y con la necesidad de grandes reducciones de emisiones a largo
plazo:
1.
El total de derechos asignados a los sectores afectados por
la directiva no puede, en ningún caso, ser superior
a sus emisiones en 1990 incrementadas un máximo del
15%.
2.
El sistema para asignar los derechos debería ser el
de subasta, hasta el máximo que permite la Directiva.
El resto debería asignarse a razón de una cuota
fija de derechos de emisión por unidad de producción.
En el caso del sector de generación eléctrica
(el que más CO2 emite), las asignaciones deberían
hacerse sobre la base de las emisiones promedio por kWh y
no por volumen de CO2 generado, pues en este caso se favorecería
el uso del carbón, el combustible fósil más
contaminante.
3.
La acumulación de derechos de emisión no se
debería permitir entre la fase piloto (2005-2007) y
el primer periodo de cumplimiento de Kioto (2008-2012).
4.
El Estado debería incluir dentro del Plan una reserva
de derechos de emisión para ser asignados a nuevas
instalaciones por el procedimiento de subasta. Las nuevas
instalaciones que no consigan derechos por este procedimiento
deberán comprar en el mercado los derechos para cubrir
sus emisiones.
5.
A las instalaciones que cierren, se les debería permitir
guardar sus derechos de emisión hasta el final del
período y así poder venderlos a otras instalaciones
o transferirlos a una nueva instalación del mismo titular.
Sin embargo, una vez cerradas no deberán recibir nuevos
derechos de emisión en los períodos siguientes.
Es muy importante evitar que se concedan derechos a la instalación
nueva si ya le son transferidos los de la que va a cerrarse,
y que a las plantas que estén planificando el cierre
no se les asignen derechos de emisión excesivos.
6.
El Estado debería reservarse sin asignar una cierta
cantidad de los derechos, para tener cierto margen y poder
venderlos en caso de necesidad a quienes sobrepasen los límites
asignados.
7. Los MDL y sumideros deberían aportar sólo una parte suplementaria de los derechos de emisión a nivel estatal. Actualmente el borrador del PNA2 planifica que España alcanzará los objetivos del Protocolo de Kioto sobretodo gracias a los derechos de emisión que se comprarán a los países en vías de desarrollo mediante MDL . Esto implica que España quiere cumplir con Kioto con un arreglo de cifras aritmético en lugar de implementar reducciones reales de las emisiones de gases de efecto invernadero.
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